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eithan-hernandez
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<p> 1. Podrán participar grupos de investigación cuyo responsable sea un profesor de carrera o técnico académico. En ambos casos, definitivo, interino o contratado por artículo 51 del Estatuto del Personal Académico, en activo, con productividad académica reciente de calidad (últimos cinco años).</p>
<p> 2. Los responsables de proyecto fungirán como líderes del grupo de investigación. Los técnicos académicos responsables de proyecto deberán presentar documento con visto bueno de su jefe inmediato para participar en el Programa.</p>
<p> 3. Los responsables podrán incluir a profesores de carrera, asignatura y profesores externos a la entidad, ambos con un mínimo de experiencia de tres años en investigación.</p>
<p> 4. Los responsables deberán incluir al menos tres alumnos de licenciatura y/o maestría de la UNAM por proyecto en calidad de becarios, en las siguientes modalidades: para licenciatura a) conclusión de estudios de licenciatura, b) titulación de alumnos de licenciatura y/o c) conclusión de actividades de proyecto. Para alumnos de posgrado a) prerrequisitos de posgrado, b) estudios de posgrado, c) obtención de grado y/o d) conclusión de actividades de proyecto. en las modalidades descritas en las Reglas de Operación.
<p> 4. Los responsables deberán incluir al menos tres alumnos de licenciatura y/o maestría de la UNAM por proyecto en calidad de becarios, en las siguientes modalidades: para licenciatura a) conclusión de estudios de licenciatura, b) titulación de alumnos de licenciatura y/o c) conclusión de actividades de proyecto. Para alumnos de posgrado a) prerrequisitos de posgrado, b) estudios de posgrado, c) obtención de grado y/o d) conclusión de actividades de proyecto.
<br> También podrán incluir alumnos en su carácter de prestadores de servicio social o de iniciación a la investigación como participantes del grupo de trabajo.
</p>
<p> 5. No podrán participar grupos de investigación o profesores que actualmente reciban un apoyo a través de otro programa de impulso a la investigación (PAPIIT, PAPIME, PPA, CONACyT u otros).</p>
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<h6><b>I. Bases generales del Programa </b></h6>
<p>1. La Secretaría de Posgrado e Investigación es la instancia responsable de promover la investigación de la Facultad de Estudios Superiores Acatlán que, a través del Comité de Fomento a la Investigación (COFI) se encarga de establecer los mecanismos de funcionamiento y operación del PAIDI. </p>
<p>1. La Secretaría de Posgrado e Investigación es la instancia responsable de promover la investigación de la Facultad de Estudios Superiores Acatlán que, a través del Comité de Fomento a la Investigación (CoFI) se encarga de establecer los mecanismos de funcionamiento y operación del PAIDI. </p>
<p>2. La ejecución y administración de los proyectos seleccionados deberá sujetarse a lo señalado en la Convocatoria vigente: </p>
<ul class="listasAlpha" >
<li>Para registro de proyectos<p> </p> </li>